Régimen Económico Social y Solidario Ecuador: Arts. 283-308 | Confianzza

Régimen Económico Social y Solidario Ecuador: Arts. 283-308 | Confianzza

¿Qué es el Régimen Económico Social y Solidario?

El artículo 283 de la Constitución de 2008 define el sistema económico ecuatoriano como «social y solidario», reconociendo al ser humano como sujeto y fin del sistema. Propende a una relación equilibrada entre sociedad, Estado y mercado en armonía con la naturaleza, con el objetivo de garantizar el Buen Vivir (Sumak Kawsay). Se integra por las formas de organización pública, privada, mixta, popular y solidaria.

Principios y Sectores del Sistema Económico

  • Art. 283: El sistema económico social y solidario busca el Buen Vivir como fin, no solo el crecimiento del PIB.
  • Art. 284: Los objetivos incluyen el pleno empleo, distribución equitativa, soberanía alimentaria y estabilidad económica.
  • Sector público: Petroecuador, CNT, CELEC, BIESS y demás empresas del Estado operan en sectores estratégicos.
  • Sector privado: Empresas que operan bajo regulación estatal dentro de los límites del interés general.
  • Economía Popular y Solidaria: Cooperativas, asociaciones y comunidades reguladas por la LOEPS y supervisadas por la SEPS.
  • Art. 313: Declara sectores estratégicos: recursos naturales, telecomunicaciones, energía, agua y espectro radioeléctrico.

Consultas sobre Derechos Económicos

Si tiene dudas sobre el marco legal de la economía popular y solidaria, regulación del mercado o derechos económicos constitucionales, en Confianzza le orientamos. Contáctenos en confianzza.ec/contacto.

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