Impuesto a la Herencia Ecuador 2025

Impuesto a la Herencia Ecuador 2025

El impuesto a la herencia en Ecuador es uno de los aspectos más importantes del proceso sucesorio y que más dudas genera entre los herederos. Saber cuánto deberás pagar, cuándo hacerlo y qué bienes están exentos puede evitarte multas e intereses con el Servicio de Rentas Internas (SRI).

✅ Respuesta rápida: El impuesto a la herencia en Ecuador aplica cuando el valor de los bienes heredados supera la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta vigente. En 2025 los montos que excedan esa base se gravan con tarifas progresivas del 5% hasta el 35%, según parentesco y valor heredado. Debe declararse ante el SRI en los 6 meses siguientes al fallecimiento.

¿Qué es el impuesto a la herencia en Ecuador?

El impuesto a la herencia está regulado en la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI). Es un impuesto que deben pagar los beneficiarios —herederos, legatarios o donatarios— sobre el valor de los bienes que reciben cuando este supera un monto mínimo exento. Lo gestiona el SRI y debe declararse antes de que los herederos puedan disponer legalmente de los bienes.

¿Quién paga el impuesto a la herencia?

Lo paga cada heredero de forma individual sobre su porción específica. Si hay 3 herederos, cada uno declara y paga sobre su parte, no sobre el total de la herencia. Esto puede resultar en que ninguno pague si cada porción individual está por debajo del mínimo exento.

Tarifa del impuesto a la herencia Ecuador 2025

La tarifa es progresiva: sobre el excedente de la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta, las tarifas van del 5% hasta el 35% dependiendo del monto. Para herederos con parentesco lejano o sin parentesco (sobrinos, amigos), la tarifa se duplica respecto a la tabla general aplicada a hijos, cónyuge y padres.

¿Qué bienes están exentos del impuesto a la herencia?

Están exentos las herencias hasta el monto de la fracción básica desgravada, las indemnizaciones de seguros de vida, los bienes de uso personal cotidiano del causante, y existen beneficios adicionales para cónyuge o conviviente e hijos menores de edad o discapacitados.

¿Cuándo se debe declarar y pagar?

La declaración debe presentarse ante el SRI dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento. Este plazo puede prorrogarse hasta por 6 meses adicionales previa solicitud. El pago tardío genera intereses y multas sobre el impuesto causado, que pueden incrementar significativamente el monto total.

¿Cómo se declara el impuesto a la herencia?

Primero se avalúan los bienes heredados: para inmuebles se usa el avalúo catastral municipal; para vehículos, el catálogo del SRI. Del valor total se deducen las deudas del causante y gastos funerarios. Luego se presenta el formulario de herencias del SRI en línea (sri.gob.ec) o en sus oficinas, y se realiza el pago mediante transferencia bancaria o efectivo.

Preguntas frecuentes sobre impuesto a la herencia Ecuador

¿Debo pagar impuesto si heredo una sola casa en Ecuador?

Depende del valor avaluado de la casa y de cuántos herederos son. Si tu porción individual supera la fracción básica desgravada vigente ese año, deberás pagar sobre el excedente. Si tu porción está por debajo de ese monto, estás exento.

¿Qué pasa si no declaro el impuesto a la herencia a tiempo?

El SRI puede determinar el impuesto de oficio y aplicar multas de hasta el 100% del impuesto causado, más intereses por mora. Además, no podrás registrar transferencias de bienes sin el comprobante de pago del impuesto.

¿Se puede pagar el impuesto a la herencia en cuotas?

La ley permite solicitar facilidades de pago al SRI en casos justificados, especialmente cuando los bienes heredados son de difícil liquidación como inmuebles. Se debe presentar solicitud formal con la justificación correspondiente.

¿Las donaciones en vida también pagan este impuesto?

Sí. Las donaciones en vida están sujetas al mismo impuesto con las mismas tarifas. Además, la ley acumula el valor de las donaciones recibidas en vida para el cálculo del impuesto a la herencia, evitando elusión mediante donaciones previas al fallecimiento.

¿Se paga impuesto a la herencia si el fallecido no tenía bienes?

No. Si el causante no dejó bienes, no hay base imponible y no se genera impuesto. Sin embargo, sí pueden existir deudas que los herederos deben considerar antes de aceptar la sucesión.

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